Leyes que sancionan a padres de niños quemados con productos pirotécnicos

Por: Elizabeth Ramos / Foto tomada del sitio Ragap

 

Las autoridades gubernamentales buscan concientizar a los adultos sobre las precauciones que deben tener con los menores de edad al manipular productos pirotécnicos en esta época navideña, por lo que el Fondo Solidario para la Salud (FOSALUD) promueve la campaña «Con la pólvora no se juega”, junto a otras instituciones como Protección Civil.

En El Salvador existe un marco legal que sanciona económicamente a los padres o adultos responsables de los menores de edad que sufran quemaduras por el mal uso de la pólvora.

Así, la Ley especial para la Regulación y Control de las Actividades Relativas a la Pirotecnia, que entró en vigencia el 24 de noviembre de este año, establece multas monetarias de no cumplir con las normativas.

El artículo 40 de esta ley explica que los adultos que no supervisen a los menores al manipular pólvora, pueden ser sancionados con cinco salarios mínimos.

Pero no solo los padres de familia serán multados, pues según la Ley de Protección Integral para la Niñez y Adolescencia (LEPINA) en el artículo 202, también serán sancionados los comerciantes que vendan pólvora a menores de edad con 50 salarios mínimos.

En Nochebuena, el hospital de Niños Benjamin Bloom atendió a dos niños quemados por pólvora, que se suman a los otros dos menores que resultaron lesionados tras la explosión de una fábrica ilegal de pólvora en Tonacatepeque.

Las autoridades hacen un llamado a los padres de familia y a comerciantes de pólvora que sean responsables con el uso del mismo para evitar tragedias.