Corte Interamericana vuelve a exigir a Costa Rica que legalice la fecundación in vitro

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Por El País

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha emitido este martes una contundente resolución para obligar a Costa Rica a dejar de ser ese único país del mundo en prohibir la aplicación de la fertilización in vitro (FIV) y, de paso, lanzar un mensaje al continente sobre la necesidad de un cumplimiento integral y oportuno de sus sentencias sobre los 24 Estados parte.

Tres años y tres meses después de la condena dictada por la Corte, por vetar la fecundación humana en laboratorios, Costa Rica ha recibido una nueva orden para la aplicación inmediata de esta técnica, sin importar los vericuetos legales y las contradicciones institucionales internas que hasta el momento mantienen activa la prohibición.

Al margen de una discusión abundante en tecnicismos legales, trabas políticas y sobre todo en interpretaciones desde las creencias religiosas, “debe entenderse que la FIV está autorizada en Costa Rica y, de forma inmediata, se debe permitir el ejercicio de dicho derecho tanto a nivel privado como público”, se lee en la resolución aprobada este martes con mayoría de cinco a uno.

El fallo intenta poner punto final a una discusión de más de 16 años, desde que la Sala Constitucional en el año 2000 consideró que la FIV atenta contra el derecho a la vida, por los embriones que se pierden durante el procedimiento. Desde entonces las parejas infértiles deben conformarse con una vida sin hijos, con el azar de una inseminación artificial o con tomar el pasaporte para visitar laboratorios en otros países.

El Gobierno de Luis Guillermo Solís ha celebrado la resolución de la Corte porque valida un decreto con el cual el mandatario intentó cumplir el mandato de los jueces internacionales. Los lamentos vienen de voces conservadoras y de diputados afines a iglesias cristianas, para quienes esta nueva resolución del tribunal interamericano deja abierta la puerta a la legalización del aborto.

Para Roberto Caldas, presidente de la Corte Interamericana, esta resolución cumple solo el mandato institucional de trabajar por la implementación de sus sentencias, no solo en el caso concreto de Costa Rica sino en todo el continente. “Una vez más se reafirma la necesidad de que sus resoluciones sean cumplidas integralmente. Las decisiones de la Corte sí deben cumplirse No es posible no cumplir. Eso es lo fundamental para todo el continente. Que se repita siempre no es una novedad, que algún país tenga resistencias o demoras a cumplir una sentencia no es una novedad, pero las decisiones de la Corte están para que ser cumplidas”, ha dicho a EL PAÍS en su oficina en la sede institucional.

Caldas, quien asumió la presidencia de la Corte este 1° de enero tras un período como vicepresidente, recortó que ha habido de difícil cumplimiento, como cuando Perú intentó incluso salirse de la jurisdicción del tribunal continental por la sentencia desfavorable en el caso de las masacre en Barrio Altos, en 2001. También tuvo problemas de incumplimiento Chile, que en 2001 fue condenado por vetar la proyección de la película “La última tentación de Cristo”, aunque para ello tenía respaldo constitucional.

De igual manera Brasil tuvo problemas de cumplimiento hasta que accedió a desaplicar una norma de su Constitución sobre la aprehensión en deudas civiles y más reciente, el caso Gelman contra Uruguay en 2011, por la muerte del hijo del poeta argentino Juan Gelman, la desaparición de su nuera y la suplantación de identidad de su nieta, durante la dictadura en 1973.

“Hemos ido trabajando mucho, dialogando mucho y hemos ido evolucionando, pero nunca podemos dejar de trabajar por el cumplimiento de las sentencias. Es muy bueno lo que hizo México, que en 2012 incorporó a su Constitución el cumplimento inmediato de las resoluciones de la Corte Interamericana”, resalta el juez brasileño, que evita mencionar otros países en clara desobediencia de fallos de este tribunal. Uno de estos es Venezuela, que aún no restablece la concesión radioeléctrica a la cadena RCTV, víctima en 2007 de restricción a la libertad de expresión, según un fallo de septiembre de 2015.

En el caso de Costa Rica, señala Caldas, tiene un problema adicional la tardanza en el reconocimiento del derecho a acceder a técnicas de fertilización. Esto porque las mujeres que esperan a ello se acercan también a edades inconvenientes para un embarazo. “En marzo del 2000, cuando se nos prohibió la técnica, no imaginé que mi reloj biológico se agotaría y algo que parecía imposible sucedió. Cientos de mujeres como yo perdimos la lucha contra el tiempo”, escribía esta tarde una de las demandantes.