Mujeres podrían retornar a sus apellidos originales aún en matrimonio

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Redacción

Agregar un inciso al artículo 21 de la Ley del Nombre de la Persona Natural, para que se otorgue a la mujer el derecho de modificar sus apellidos después de contraer nupcias, fue una de las iniciativas que se presentaron en la Asamblea Legislativa.

Javier Valdez (FMLN) anunció la presentación de una propuesta de reforma para agregar un inciso al artículo 21 de la Ley del Nombre de la Persona Natural, para que se le otorgue a la mujer el derecho de modificar sus apellidos después de contraer nupcias o matrimonio.

La modificación en referencia fue introducida a través de una pieza de correspondencia, la cual detalla que la ley vigente permite a la mujer que al contraer matrimonio agregue la partícula “de” precedida del apellido del cónyuge o solo el apellido de este y únicamente puede modificarlo cuando se divorcie.

Con la reforma propuesta, la mujer, luego del matrimonio podría usar los apellidos de su origen, utilizar el apellido de su cónyuge precedido o no de la partícula “de”.