Transporte público tiene autorización para circular pero debe movilizar únicamente a personal de salud

A partir de este domingo entran en vigencia nuevas disposiciones para regular la movilización en los doce días que resta de la cuarentena domiciliar obligatoria.

El ejecutivo aprobó el decreto número 24 que inició a las 00:00 hrs del día domingo 10 de mayo de 2020 y finalizan a las 24:00 hrs del 21 de mayo de 2020 que incluye -entre otras cosas- autorizar el transporte público.

Los transportistas -según el decreto- pueden desde hoy sacar sus unidades y brindar el servicio única y exclusivamente a personal de salud debidamente identificados, es decir, el resto de la población que sale de sus casas por otras diligencias no podrá hacer uso de este servicio.

En el decreto también se establece que los empleadores deben brindar transporte a sus empleados.

Por ora parte, los elementos de la PNC, Fuerza Armada y personal de salud pueden ir a supermercados y farmacias sin importar su último número DUI.

Se mantiene regulada la movilidad de personas de acuerdo al último dígito de su DUI, la prohibición de transitar de un municipio a otro (salvo excepciones) y el cierre de la mayoría de servicios y comercios.