Los pros y contras de adoptar al Bitcoin como moneda de curso legal

Por Agencias

La Asamblea Legislativa de El Salvador, de mayoría oficialista, aprobó la madrugada del miércoles la Ley Bitcoin, que permitirá el curso legal de dicha criptomoneda, con lo que el país centroamericano se convierte en el primero en el mundo en reconocer este criptoactivo como una moneda legal de intercambio.

La iniciativa es audaz y desató el debate entre los analistas financieros, quienes evalúan los pro y los contras de incorporar a las criptomonedas como medio de pago y en armonía con los regulados activos tradicionales. Los expertos reconocen que no hay estudios técnicos sobre el impacto negativo o positivo, o las consecuencias que traerá a la población el uso de dicho criptoactivo.

1) Facilita las remesas. El presidente salvadoreño Nayib Bukele promovió el uso de la criptomoneda por su potencial para ayudar a los salvadoreños que viven en el extranjero a enviar remesas a sus familias, al tiempo que asegura que el dólar estadounidense también continuará como moneda de curso legal.

El Salvador tiene un PBI de unos USD 27.000 millones y las remesas, principalmente enviadas por migrantes radicados en los EEUU, alcanzan los USD 6.000 millones al año, es decir que representan más del 20% del PBI.El Salvador se convirtió en el primer país del mundo en adoptar al Bitcoin de manera oficial

“Las remesas constituyen un importante ingreso para alrededor del 24,2% de los hogares salvadoreños para el financiamiento de sus gastos de consumo e inversión, contribuyendo de este modo al crecimiento económico”, aseguró el Banco Central de Reserva (BCR) de El Salvador. Según datos oficiales, un total de 471.633 hogares reciben estas divisas, de los que 13.530 se encuentran en pobreza extrema y 68.874 en pobreza relativa.

2) Mayor inclusión financiera. El presidente Bukele sostiene que esta ley ayudará a generar empleos en el corto plazo y favorecerá a la inclusión financiera de miles de personas que están fuera de la economía formal, un problema estructural propio de la gran mayoría de las economías latinoamericanas.

3) Amenaza de convertirse en paraíso fiscal. El uso del Bitcoin como moneda de intercambio legal podría llevar a que El Salvador se convierta en un paraíso fiscal porque se “abre la posibilidad a la evasión fiscal y al lavado de dinero y activos”, señaló Óscar Cabrera, ex presidente del Banco Central de Reserva (BCR) de El Salvador.

“El Bitcoin es un activo y por lo tanto esto se podría transformar en un paraíso fiscal (…) aquí vamos a crear una burbuja financiera y esta burbuja puede romperse tarde o temprano con impactos negativos en las condiciones de vida de la población salvadoreña”, señaló el también presidente de la Fundación para el Desarrollo de Centroamérica (Fundecen).El gobierno salvadoreño garantizará la convertibilidad del Bitcoin al valor exacto en dólares al momento de cada transacción

4) Riesgo de inestabilidad. La volatilidad del precio de las cripto es uno de sus puntos más débiles. Al incorporarse a la economía formal como moneda en circulación, contagiaría con esta eventual inestabilidad al patrimonio de sus tenedores.

“Todos los bancos centrales en el mundo reconocen el elevado riesgo del uso de criptoactivos para la estabilidad del sistema financiero (….) Nadie valida el origen lícito o ilícito de las transacciones con Bitcoin, ni se investiga su procedencia, por lo que se deduce una alta probabilidad para el cometimiento de delitos con este sistema”, explicó Óscar Cabrera.

5) Complica la negociación con el FMI. Los analistas advirtieron que la medida podría complicar las conversaciones con el Fondo Monetario Internacional (FMI), organismo con el cual la nación centroamericana busca acordar un programa de más de 1.000 millones de dólares. La entidad teme que la adopción de la criptomoneda pueda perjudicar el entorno macroeconómico.El Bitcoin convivirá con las otras dos monedas de curso legal en el país: el Colón salvadoreño y el dólar estadounidense

6) No reemplaza a las otras monedas. La norma establece que todos los precios podrán ser expresados en Bitcoin y que todas las contribuciones tributarias podrán ser pagadas en la criptomoneda, pero que para fines contables, se mantendrá el dólar como moneda de referencia.

El Salvador es un país de baja inflación, un 2,4% anual, con dos monedas “fiat” de curso legal, el Colón salvadoreño y el dólar estadounidense. Ahora el gobierno garantizará la convertibilidad del Bitcoin al valor exacto en dólares al momento de cada transacción.

7) Explosivo consumo de energía. Un impacto inmediato por la adopción oficial del Bitcoin es el desarrollo de minería cripto, que requiere la realización de enormes volúmenes de cálculos para verificar las transacciones de la criptomoneda y el consecuente consumo de energía.

En este sentido, Bukele instruyó a la compañía eléctrica estatal de geotermia LaGeo a ofrecer sus instalaciones para realizar minería de Bitcoin con energía renovable obtenida de la actividad de los volcanes del país. “Esto va a evolucionar rápido”, señaló el mandatario, al anunciar esa decisión en un mensaje en inglés en su cuenta de Twitter.

Una ley polémica

La Ley Bitcoin, que solo establece el curso legal del Bitcoin y no de otras criptomonedas ni de los proyectos subyacentes, fue aprobada con los votos de 62 diputados de los 84 en el Parlamento y entrará en vigencia 90 días después de su publicación en el Diario Oficial salvadoreño.

La normativa, que fue dada a conocer por el presidente Nayib Bukele a través de Twitter, fue introducida en las últimas horas del martes a la sesión del Parlamento sin mayor discusión legislativa.

La ley establece que el cambio entre el Bitcoin y el dólar estará fijado “libremente por el mercado” y no estará sujeta a impuestos sobre las ganancias de capital al igual que cualquier moneda de curso legal. Los usuarios de Bitcoin lo utilizan principalmente como un refugio de valor a largo plazo a la espera de que su precio suba a lo largo del tiempo.

La legislación también indica que todo agente económico deberá aceptar el Bitcoin como forma de pago “cuando así le sea ofrecido por quien adquiere un bien o servicio” y que el órgano Ejecutivo creará la estructura institucional necesaria para la circulación de la criptomoneda, de acuerdo a lo establecido en la ley.