Piden elevar la pena de castigo para la conducción peligrosa en El Salvador

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El Metropolitano Digital

El diputado de Nuevas Ideas, Mauricio Ortiz, acompañado por otros diputados de la bancada del Gobierno presentó una iniciativa de ley a fin de reformar el artículo 147-E del Código Procesal Penal con el objetivo de elevar el castigo para la conducción peligrosa de vehículos automotores en El Salvador.

La legislación actual establece que en los casos ordinarios la pena es de uno a tres años y para los casos extraordinarios es de cuatro a cinco años.
«Nuestro objetivo es fortalecer la legislación porque las sanciones son demasiado leves y, también, queremos entregarle herramientas a las instituciones pertinentes para que persigan penalmente a las personas irresponsables» aseguró el diputado Ortiz.

Con la propuesta de enmienda, el artículo quedaría establecido de la siguiente manera: Artículo. 147-E.- “El que mediante conducción peligrosa de vehículo de motor transgrediere las normas de seguridad vial, poniendo en peligro la vida o la integridad física de las personas, será sancionado con pena de prisión de cuatro a seis años’’.

«Estamos aumentando las penas de cárcel en los casos de conducción peligrosa. Actualmente, en los casos ordinarios se tipifica una pena de 1 a 3 años, mientras que en los extraordinarios se establece una sanción 3 a 5 años de cárcel» agregó el diputado de la bancada Cyan.

La iniciativa es una respuesta al escenario que se registra en el país, luego que en el año 2020, a nivel nacional se registraron 7,365 accidentes de tránsito, mientras que en lo que va del 2021, la cifra ya alcanza los 9,883.