Asamblea ratificó cuatro convenios de la Organización Internacional del Trabajo

Foto de archivo | Adonay Rosales

Con 79 votos quedó aprobado el convenio 102, relativo a la Norma Mínima de Seguridad Social; con 79 votos el 148, referido a la Protección de los Trabajadores contra los Riesgos Profesionales debido a la Contaminación del Aire, Ruido y las Vibraciones en el Lugar de Trabajo.

Con los votos de 79 diputados, se avaló el 183, respecto a la Protección de la Maternidad; y el 190, que tiene que ver con la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo, se ratificó con 81 votos.

La aprobación de estos convenios constituye la respuesta a un clamor constante de los trabajadores y salda una deuda histórica de 70 años durante los cuales los anteriores gobiernos no hicieron nada por asegurar las garantías laborales por medio de la adopción de los documentos de la OIT.

El diputado de Nuevas Ideas, Jorge Castro, consideró que el principal violador de los derechos de los trabajadores fueron los gobiernos pasados, porque el Estado empleó a miles de personas y no aseguró las garantías contempladas en los instrumentos.

“El principal abusador, por años, fueron los gobiernos del ARENA y el FMLN. Ahora tenemos un Gobierno que está tomando decisiones por aumentar la cobertura social y las prestaciones, lo cual tiene un impacto en la estabilidad laboral”, dijo.

De esta forma, la nueva Asamblea Legislativa demuestra su compromiso con la clase trabajadora a través de la adopción de estos convenios internacionales que fortalecen la actual legislación.

“Consideramos que estos convenios, al ser ratificados, nos van a permitir, en supremacía, tener armonía entre la clase trabajadora y las empresas. Estamos reivindicando, una vez más, por parte del Gobierno del Presidente Bukele, a los trabajadores”, acotó el diputado Edgardo Mulato, quien preside la Comisión de Trabajo.  

Los convenios fueron previamente estudiados y analizados por la mesa legislativa, junto a un equipo técnico del Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MTPS).

La ratificación de estos documentos alinea al país con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en cuanto al punto número ocho referido al trabajo decente.

Convenio 102, Norma Mínima de Seguridad Social

Este convenio fue suscrito por la OIT en 1952, es decir que durante 70 años El Salvador no se adhirió a este por la falta de voluntad de los gobiernos de turno para abogar por los derechos de los trabajadores.

“Un año nos ha bastado para ratificar este convenio con la OIT y proteger a los trabajadores, esa libertad solo se puede tener cuando no se legisla para grupos de poder ni financistas. Estamos dando un paso firme para la protección de los derechos de los trabajadores”, manifestó la diputada de la bancada cyan, Rebeca Santos.   

Este instrumento está referido a las disposiciones o marco normativo con el que cuenta cada país para proteger el estado de bienestar de las personas en todo el ciclo de su vida, desde la gestación hasta la vejez.

Regula distintas áreas de seguridad social, entre ellas, asistencia médica u obligatoriedad de seguro médico para los trabajadores. Este aspecto está garantizado en el país a través del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS).

Además, incluye prestaciones monetarias en periodos de enfermedad, y establece que se debe dar como mínimo el 45% del salario al trabajador. En este aspecto el país está bastante adelantando, pues se retribuye al trabajador el 100% de su sueldo.

Asimismo, contempla las prestaciones por vejez, es decir, el pago de pensión, que debe ser como mínimo del 40%. Esta área se cumple parcialmente en nuestro país, sin embargo, se está a la espera de reformas que mejoren el sistema de pensiones para beneficio de los jubilados.

También se incluye la protección de riesgos durante su vida laboral por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, este tema ya está legislado en nuestro país.

La prestación de maternidad es otro de los puntos que regula el convenio 102, que establece que la madre debe recibir en su periodo de licencia el 40% de su salario. En el país se paga el 100% a las mujeres embarazadas.

Otra de las prestaciones es por invalidez ocasionada por accidentes de trabajo, la cual contempla que el trabajador reciba una cuantía para sufragar la pérdida de ingresos.

Por último, está incluida la prestación por sobrevivencia, que ocurre cuando la fuente principal de ingresos de la familia fallece, y los beneficiarios tienen derecho a una pensión para sufragar gastos.

Este convenio requiere que al menos un 50% de la población tenga cobertura de seguro médico y pensión, pero tomando en cuenta que la mayoría de la población en El Salvador se mueve en el comercio informal ha sido una cifra difícil de alcanzar, fue hasta después de la pandemia, con la recuperación de empleos, que el país, por primera vez, alcanzó este porcentaje.

Convenio 148, Protección de los Trabajadores contra los Riesgos Profesionales debido a la Contaminación del Aire, Ruido y las Vibraciones en el Lugar de Trabajo

45 años después (1977) de haber sido suscrito, este convenio fue ratificado por la nueva Asamblea Legislativa, ya que los gobiernos pasados nunca lo hicieron.

Con su ratificación se busca adoptar medidas en el lugar de trabajo para limitar los riesgos profesionales por contaminación del aire, ruido y vibraciones. Pese a que esto está normado en el país, no se establece un límite ante estos aspectos.

El instrumento reforzará la Ley General de Prevención de Riesgos en los Lugares de Trabajo, que ya establece parámetros respecto al tema.

También busca fomentar la investigación y el desarrollo de un currículo para formar profesionales en salud y seguridad ocupacional. Los campos de aplicación del convenio son para todas las ramas de la economía.

Convenio 183, Protección de la Maternidad

Este convenio fue suscrito en el año 2000 y 22 años más tarde es ratificado por esta Asamblea Legislativa.

Esta iniciativa busca la protección de la maternidad durante el embarazo, parto y posparto. Si bien el país ya tiene legislación en este tema, el convenio busca reforzar los derechos de las mujeres embarazadas.

El convenio establece que ninguna mujer en estado de embarazo puede realizar actividades que se consideren peligrosas, para salvaguardar la vida de la madre y de su bebé.

También, busca la equiparación de la licencia por maternidad a 18 meses tanto para la madre como para el padre. En nuestro país la licencia es de 16 meses para la madre, y de tres días para el padre.

Asimismo, al igual que sucede con la norma salvadoreña, determina que ninguna mujer puede ser despedida o discriminada en su puesto de trabajo debido a su estado de gravidez.

Además, en casos de prescripción médica, si la mujer tiene una complicación dentro del embarazo o parto y debe tomar mayor tiempo para recuperarse, este derecho debe ser protegido. Este punto constituye una nueva fuente de derecho para las mujeres.

Otra novedad es que el tiempo de la maternidad debe ser contabilizado en el tiempo efectivo de trabajo. En nuestro país esto no sucede, no cuenta dentro del historial laboral y, por lo tanto, no se suma al tiempo de jubilación.

Este convenio también deja establecido que la prestación monetaria durante el goce de la licencia por maternidad debe ser, al menos, de dos tercios del salario. El Salvador, actualmente, paga el 100% del sueldo.

Convenio 190, Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo

En el año 2019 fue suscrito por la OIT, sin embargo, el gobierno de ese entonces no lo ratificó y es hasta hoy que será adoptado por el país.

Este documento se refiere al derecho de las personas a trabajar en un ambiente libre de violencia, independientemente del género o la raza de la persona; abarca las labores de teletrabajo, todas las actividades económicas y modalidades de contrato.

El convenio se centra en la protección de los derechos fundamentales, de libre asociación, negociación colectiva y la eliminación de las formas de trabajo forzoso y obligatorio. Es el primer convenio global que abarca el tema de la eliminación de la violencia y el acoso.

El país cuenta con regulación en este ámbito en el Código de Trabajo, la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV) y Ley General de Prevención de Riesgos en los Lugares de Trabajo. Sin embargo, uno de los marcos normativos más importantes, que es el Código de Trabajo, es de larga data y necesita actualización.