Instituciones de Gobierno lanzan campaña de prevención de lesiones por pólvora

Las instituciones de gobierno agrupadas en la Comisión Intersectorial de Salud (CISALUD) lanzan una campaña de prevención de las quemaduras provocadas por la pólvora,

El Metropolitano Digital

Con la finalidad de informar sobre los daños físicos y psicológicos que causa la manipulación de productos pirotécnicos,  el Fondo Solidario para la Salud (FOSALUD) junto una decena de instituciones de gobierno lanzan una campaña denominada “la pólvora es peligrosa”, la cual tiene una inversión de $80.000 en medios masivos de comunicación e impresos.

La campaña se lanza teniendo como contexto la aprobación de la Ley Especial para la Regulación y Control de las actividades relativas a la pirotecnia”, que fue aprobada el 25 de septiembre de 2014 y que tiene por objeto regular y controlar las actividades relacionadas con la importación, internación, almacenaje, transporte, fabricación, comercialización, manipulación y exportación de productos pirotécnicos o de las sustancias relativas a la pirotecnia.

Según datos del Ministerio de Salud, el periodo comprendido desde el 1 de noviembre de 2015 al 6 de enero de 2016 se reportaron a nivel nacional 175 casos, lo cual representó una incremento del 6.7% con respecto al 2014, donde se registraron 164 casos. De igual forma se registraron menores de edad fallecidos a consecuencia de productos pirotécnicos (estrellita y volcán).

Un total de 153 lesionados ocurrieron entre el 24 de diciembre 2015 y el 3 de enero de 2016, lo que significó que la mayoría de lesiones ocurrieron durante los principales días festivos.

Los artefactos pirotécnicos que mayor daño ocasionaron a la población siguen siendo los morteros (62 casos), otro tipo de productos pirotécnicos (41) y pólvora china (25). Las estadísticas registraron 14 casos de lesionados por silbadores y 3 con buscaniguas, pese a ser pirotécnicos prohibidos.

Los departamentos de donde se registraron el mayor número de personas lesionadas fueron: San Salvador, 44; La Libertad, 19; Cabañas 16; y Cuscatlán 15 casos (9%), representando entre los cuatro departamentos más de la mitad del total de casos del país.

El grupo de edad más afectada por quemaduras a causa de pirotécnicos es el rango de edad de 0 a 18 años con 88 casos y el resto fueron mayores de edad con 87 casos.

Por el impacto que representan las cifras anteriores, las instituciones de gobierno agrupadas en la Comisión Intersectorial de Salud (CISALUD) lanzan una campaña de prevención de las quemaduras provocadas por la pólvora, cuyas actividades educativas ya han venido desarrollándose en la comunidad educativa con el apoyo del Ministerio de Educación.

En septiembre del año pasado, FOSALUD entregó 400 mil trípticos y 15 mil sticker para su distribución en más de 5,000 centros escolares. Los estudiantes y docentes promovieron el debate en la hora clase de Ciencias Naturales para sensibilizarse del tema.

Por su parte, el Cuerpo de Bomberos, reporta que en los últimos 5 años han acudido a 34 incidentes relacionados con la fabricación y almacenaje de pólvora; siendo atendidas siete coheterías incendiadas, un incendio en una sala de venta; cuatro explosiones en viviendas; una en un microbús de servicio colectivo donde trasportaban pirotécnicos; de estas emergencias resultaron 15 personas lesionadas y seis han perdido la vida.

Las autoridades recuerdan que -según el artículo 39- de la Ley Especial para la Regulación y Control de las Actividades Relativas a la Pirotecnia (LERCAP) se encuentra prohibida la fabricación y comercialización de los morteros con tamaño superior al #5, buscaniguas, rocket chino, bombas de mezcal, fulminantes, silbadores, misil chino, botellita de champan, mina de mar, pelotita de fútbol, triángulo mortal y el destructor, ya que son productos pirotécnicos que representan un mayor riesgo por su alto grado explosivo y de peligrosidad.

La Ley, en su artículo 39, contempla la prohibición del involucramiento de niñas, niños y adolescentes en todo el proceso de la pirotécnica, si como la manipulación de los productos, sin supervisión de una persona adulta. El incumplimiento a este artículo puede incurrir en faltas que pueden generar sanciones que van desde 5 hasta 10 salarios mínimos vigentes.