Constructora denuncia a directora de Patrimonio Cultural por supuestos actos arbitrarios

El Metropolitano Digital

La directora nacional de Patrimonio Cultural y Natural, Irma Etelvina Flores Urrutia fue denunciada ante la Fiscalía General de la República (FGR) por actos arbitrarios contra una empresa de desarrollo urbanístico.

Según la denuncia, Flores Urrutia y varios de sus colaboradores técnicos han paralizado las obras de construcción de viviendas que desarrolla la empresa Inversiones Fénix S.A. de C.V., afectando la libre disponibilidad de la propiedad del proyecto Urbanización Las Victorias, en Tacusculco los Cerritos, lo cual ha sido calificado como “abusos de autoridad” y actos fuera de las leyes de la República.

La funcionaria habría modificado arbitrariamente los usos del suelo en más de un 50 por ciento del proyecto, causando millonarias pérdidas a la empresa de inversión extranjera.

Según la empresa, Flores Urrutia no solo habría irrespetado todos los permisos otorgados al proyecto desde 2016, sino que pretendería confiscar los terrenos donde se desarrolla la construcción.

Se conoció que la Urbanización Las Victorias cuenta con los permisos del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de las alcaldías de Sonsonate y Nahulingo, de ODOAMSO, entre otros.

La razón del proceder de la funcionaria habría sido la proximidad del proyecto de una zona arqueológica; no obstante, según los denunciantes, estudios técnicos de SECULTURA han confirmado que el terreno del proyecto no es parte de la zona protegida, sino que solo colinda.

Inversiones Fénix S.A. de C.V adquirió en noviembre de 2016 el inmueble ubicado en Carretera By-Pass contiguo a Lotificación Santa Eduviges y lotificación San Antonio, entre Sonsonate y Nahulingo, el cual ya contaba con las autorizaciones, permisos y factibilidades desde el 2005.

La empresa Inversiones Fénix S.A. de C.V. solicitó a la Dirección de Patrimonio Cultural que realizara otro estudio técnico arqueológico de la zona del desarrollo urbanístico, para corroborar que se encuentra fuera del área protegida.

Arqueólogos de la institución gubernamental, junto con arqueólogos consultores, llevaron a cabo el Estudio Arqueológico Fase II, que comprendió la excavación de 120 pozos de sondeo exploratorio.

En el informe presentado por los expertos el 25 de septiembre de 2016, luego de finalizar la segunda fase, nuevamente concluyeron que: a) la zona de desarrollo urbanístico está fuera del área protegida; b) en algunos pozos limítrofes a Tacusculco Los Cerritos encontraron algunos hallazgos arqueológicos, por lo que propusieron un área de Reserva Arqueológica de menos de tres manzanas, colindante al área protegida; c) determinaron la factibilidad del proyecto urbanístico en el resto del terreno; y d) que dicho terreno ha sido utilizado para cultivo de caña por décadas.

Sin embargo, añaden los denunciantes, que la directora nacional obvió dichos informes y ha ordenado el paro del proyecto y que se confisquen no tres manzanas, sino más de 19 manzanas, ocasionando pérdidas millonarias a la empresa.

Según los representantes legales de la compañía urbanística, la funcionaria ha cometido delitos tipificados en el Código Procesal Penal en los artículos 17, 105 (1), 260 y siguientes.

“La arquitecta Flores Urrutia y sus colaboradores claramente han violado la disposición constitucional que prohíbe la confiscación, Art. 106 inciso último CN, por lo que si la pretensión de la Dirección de Patrimonio Cultural es ampliar el sitio arqueológico –el cual ya está delimitado- o crear uno nuevo deberá actuar en base a lo dispuesto en la ley en el artículo 28 LEPC, proceso que no se ha seguido ni existen evidencias de que tal sea la intención”, reiteraron.

Los apoderados legales añaden que el establecimiento de áreas de influencia a un bien cultural, como lo dictamina el art. 42 de la LEPPC, es para proteger dicho bien cultural, por lo que los arqueólogos determinaron un espacio menor de tres manzanas del total del área de desarrollo urbanístico, lo que Inversiones Fénix ha acatado.

Los abogados de la empresa urbanística aseguran que la resolución, además de ser ilegal al pretender alterar o transformar una proyecto ya aprobado por las autoridades pertinentes.

La ley Especial de Protección al Patrimonio Cultural, no le da facultades a la Directora de Patrimonio Cultural y Natural como el de pretender limitar la libre disposición de la propiedad, sin reconocer las autorizaciones recibidas y sin mediar compensación económica al propietario, estamos ante un tipo especial de confiscación, tal como lo reconoce la doctrina”, expresan los abogados de la empresa urbanística.

La empresa ha puesto la denuncia en contra de la directora nacional y sus colaboradores directos, en la que demandan sean resarcidos los daños que suman 3 millones 858 mil 288 dólares, de conformidad a lo establecido en el art. 114 del Código Procesal Penal.