Sala admite demandas por asesinato de poeta Roque Dalton y exembajador de Sudáfrica, Archibald Gardner Dunn

El Metropolitano Digital

La Sala de lo Constitucional admitió una demanda de amparo presentada por Juan José Dalton en contra de la aparente omisión del Fiscal General, de realizar las diligencias de investigación necesarias para determinar las circunstancias que rodearon el asesinato de Roque Dalton García, así como la ubicación de sus restos humanos.

Esto pese a que en la denuncia interpuesta por su hijo, se citó a los posibles homicidas del poeta.

También se admitió contra resoluciones emitidas por el Juez Noveno de Paz de San Salvador, y posteriormente ratificada por la Cámara Tercera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, mediante la que se sobreseyó de forma definitiva a Joaquín Villalobos, alías “Atilio”, y Jorge Antonio Meléndez López, alias “Jonás” por el homicidio de Roque Dalton.

Todo esto habría vulnerado el derecho a la verdad, de la familia Dalton, por la supuesta omisión del fiscal de investigar los hechos denunciados y la presunta denegación de acceso a la justicia por parte de las autoridades judiciales, que conocieron del caso en sede ordinaria.

Por otra parte, la Sala de lo Constitucional admitió una demanda de habeas corpus presentada por el señor Chistoper Robin Gadner Dunn Moreira, en contra de las actuaciones de las Fuerzas Populares de Liberación (FPL) por la desaparición forzada del exembajador de Sudáfrica Archibald Gardner Dunn.

El denunciante dijo que su abuelo fue secuestrado en 1979. Las demandas para su liberación fueron realizadas mediante una publicación de la FPL en medios, y posteriormente se exigieron dos millones de dólares.

En tales demandas sirvieron de intermediarios Monseñor Oscar Arnulfo Romero y Galdámez  y Ernesto Rivas Gallont; a la fecha no se han pronunciado por la liberación del exembajador, ni las FPL que estuvieron al mando de Salvador Sánchez Cerén, ni el FMLN, por lo cual se desconoce si Gardner Dunn está vivo o fue asesinado.

Por lo tanto, la Sala decretó que el presidente Salvador Sánchez Cerén, en su calidad de miembro de las FPL, deberá pronunciarse sobre la vulneración constitucional alegada, y brindar información relacionada a la ubicación del exembajador.