Los diputados de la Asamblea Legislativa ratificaron con 57 votos el Acuerdo de Reforma Constitutucional número 1 que elimina la entrega de deuda política a los partidos políticos legalmente inscritos. Esto significa que los institutos políticos deberán autofinanciar sus campañas y ya no recibirán fondos del Estado.
El acuerdo implica modificar el inciso segundo del artículo 248 de la Constitución de la República. Este cambio permitirá que una misma legislatura apruebe y ratifique las modificaciones a la Carta Magna.
El acuerdo aprobado establece que no podrán reformarse, en ningún caso, los artículos de la Constitución que se refieren a la forma y sistema de Gobierno, al territorio de la República y a la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República.
El subjefe de fracción de Nuevas Ideas, Caleb Navarro, explicó que la ratificación de la reforma al artículo 248 dará paso a la eliminación de la deuda política, establecida en el artículo 210 de la Constitución.
“Este es un día trascendental e importante para nuestro país. El pueblo ha hablado y nos ha dicho: ‘Diputados, queremos que eliminen la deuda política’. Y nosotros somos representantes del pueblo y nos debemos al pueblo”, afirmó Navarro.
El legislador señaló que para eliminar la deuda política era necesario ratificar el acuerdo de la reforma al artículo 248.
El funcionario agregó que los recursos que el Estado entrega a los partidos políticos podrán utilizarse en áreas prioritarias para la población, como la salud y la educación.
El pasado 24 de enero, Bukele publicó en su cuenta de X que en El Salvador se debería eliminar la deuda política y que los institutos políticos podrían autofinanciarse.
El presidente de la Asamblea Legislativa, Ernesto Castro, reaccionó a la publicación del gobernante y dijo que era “un paso necesario y correcto desde todo punto de vista”.
A su vez, expresó que los diputados iniciarían el análisis para proceder, lo más pronto posible, a la eliminación de la mal llamada «deuda» política.
¿Qué es la deuda política?
Es el dinero público que el Estado entrega a los partidos políticos para pagar sus campañas electorales y proviene de una asignación fija en el Presupuesto General de la Nación.
El artículo 210 de la Constitución de la República reconoce la deuda política como un mecanismo de financiamiento para los partidos políticos contendientes, encaminado a promover su libertad e independencia.
Asimismo, la Ley de Partidos Políticos, que data de 2013, establece en su artículo 50 que el patrimonio de los partidos políticos está integrado por las aportaciones de sus miembros, las donaciones y legados que reciba, los bienes muebles e inmuebles que adquiera, sus deudas y las subvenciones del Estado.
Sobre el financiamiento, el artículo 51 de la misma normativa señala que los institutos políticos se pueden financiar con fondos públicos y privados.