Perú aprueba pena mínima de 25 años de prisión para el sicariato

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Por: Agencias

Perú aprobó sancionar el sicariato con penas entre 25 años de prisión y cadena perpetua, además de regular el procedimiento de geolocalización de teléfonos móviles o dispositivos electrónicos para ubicar a presuntos delincuentes y el pago de recompensas por información para capturar a criminales.

Un decreto legislativo publicado por el Ejecutivo en el diario oficial El Peruano introduce el delito de sicariato dentro del artículo 108 del código penal, que regula los homicidios calificados.

El documento define el delito de sicariato como «el que mata a otro por orden, encargo o acuerdo, con el propósito de obtener para sí o para otro un beneficio económico o de cualquier otra índole».

Las penas por sicariato irán acompañados de una inhabilitación para portar armas de fuego y la incapacidad definitiva para renovar u obtener la licencia de armas de fuego en caso de sentencia por delito doloso o cometido bajo la influencia del alcohol o las drogas.

La cadena perpetúa se aplicará para quienes utilicen menores de edad en una acción de sicariato o a cualquier otro sujeto sin capacidad para ser imputado por el mismo delito.

También se dictará cadena perpetúa si al cometer el delito de sicariato se incurre en los delitos de parricidio, feminicidio o infanticidio, se utilizan armas de guerra, participan dos o más personas o hay dos o más víctimas.

La norma también contempla entre ocho y quince años de prisión para los delitos de conspiración u ofrecimiento para acciones de sicariato.

El decreto legislativo prohíbe que los condenados por este delito y conspiración u ofrecimiento para acciones de sicariato puedan recibir beneficios penitenciarios como la semilibertad o la libertad condicional.