Ese es el dilema: ¿Firmar o no firmar el seguro para la tarjeta de crédito?

8:00 p.m., el celular de Yesenia suena, contesta, es un ejecutivo del Banco que le informa que le aparecen tres transacciones por un monto total de $1,800 en gasolina. Asustada, pide que le bloqueen la tarjeta. Se trata de un caso de clonación de tarjetas de créditos. Lo primero que se le cruza en la mente a Yesenia es que ella no adquirió el seguro para su tarjeta de crédito y que, seguramente, tendrá que pagar por las transacciones.

Días después, Yesenia hace la denuncia de la clonación en una agencia bancaria. Realiza más trámites en los próximos días con el fin de demostrarle al Banco que siempre tuvo en sus manos la tarjeta y que no hizo ninguna transacción el día en cuestión. Un poco más de un mes después recibe la respuesta del Banco a su favor y en el estado de cuenta se reflejan los cargos y abonos de las transacciones fraudulentas. Yesenia respira y agradece que, al final, solo fue el susto.

Casos como el de Yesenia son frecuentes en nuestro país. Algunos han terminado bien, el Banco ha resuelto a favor del tarjetahabiente y se ha hecho cargo de las transacciones fraudulentas. En otros, no tan afortunados, las personas han tenido que pagar por esas transacciones e incluso endeudarse para hacerle frente a compras que no han realizado.

La clonación de tarjetas de crédito o débito se trata de una vulneración del sistema de POS y cajeros automáticos de un banco determinado. En la clonación se capturan los datos del tarjetahabiente con equipo informático sofisticado y los usan las veces que puedan mientras el sistema del banco lo permita. Además, no solo se necesita el equipo, sino también de otras personas que de común acuerdo se dediquen a esta actividad delictiva.

En el negocio de las tarjetas de crédito, el tarjetahabiente paga comisiones, intereses o membresías en concepto de anualidades. Mientras que los comercios pagan una comisión a los bancos por sus compras en tarjeta que puede llegar hasta el 7%, aproximadamente.

Con tanta variedad de ingresos, uno creería que los bancos son capaces de hacer frente a estas operaciones fraudulentas y no obligar a sus clientes a pagar por transacciones que no hicieron. A mi parecer, el abordaje del Banco que ayudó a Yesenia es el más justo. No le hicieron pagar por compras que ella no realizó. Sin embargo, existen otros bancos que aun cuando el tarjetahabiente demuestre que la clonación ocurrió por una vulneración en la seguridad de los POS o de los cajeros automáticos se les hace responsables de las operaciones fraudulentas.

Lo que estos otros bancos alegan es que para un uso “más confiable” de la tarjeta se debe cancelar un seguro que oscila entre $25 y $50 anuales, cargados al abono mínimo a cancelar que se refleja mensualmente en los estados de cuenta. La pregunta es: ¿Por qué yo, tarjetahabiente, debo cancelar un seguro por un producto que no solo sirve para comprar, sino que me identifica como cliente de determinado banco y que además lleva incrustados mis datos personales?

La cuestión es, por qué un banco sí le hace frente de una forma justa para los clientes a la clonación de tarjetas; mientras que los demás se escudan en una cesión de derechos, la cual firma el tarjetahabiente si no toma el seguro. En este documento, el tarjetahabiente reconoce “los riesgos” de usar su tarjeta sin un seguro y exime de responsabilidades al banco por robo, fraude o extravío.

Quitemos el robo y el extravío, y quedémonos solo con el fraude. En mi opinión, los bancos deberían de dar al cliente la plena seguridad de que en caso de clonación de tarjetas o de manipulación de sus datos estarán cubiertos aun cuando no se pague el seguro; porque al final son los datos personales del tarjetahabiente los que son vulnerados y que se ven riesgo. En todo caso, ¿por qué no existe una regulación más tajante al respecto por parte del gobierno, considerando que los datos personales son confidenciales?