Proponen cese en cargos y multas para funcionarios que no presenten o retrasen declaración patrimonial

Foto cortesía Asamblea Legislativa

Redacción

En cumplimiento al artículo 240 de la Constitución de la República que establece que los funcionarios y empleados públicos están obligados a declarar el estado de su patrimonio ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) dentro de los sesenta días siguientes que se tome posesión; el presidente de la Asamblea Legislativa, doctor Norman Quijano, promovió una propuesta de reforma a los artículos 17, 18 y 19 de la Ley sobre Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos.

El diputado presidente solicitó en la iniciativa, su respectivo análisis y consecutivamente la aprobación de la modificación al artículo 17, relacionado a las multas a imponer a funcionarios públicos por atraso u omisión del estado patrimonial: Por exceder el plazo constitucional establecido (60 días posterior de asumir el cargo) $500 dólares, mil dólares de castigo económico si excede el plazo entre 16 hasta 30 días, y 5 mil dólares si el período se alarga entre 31 hasta 60 días.

En la actualidad, la normativa en mención contempla en su artículo 18 que el funcionario o empleado público cesará en su cargo dentro del plazo prudencial, la propuesta presentada este jueves 12 de agosto, plantea: “Deberá cesar de su cargo el funcionario o empleados público, el día siguiente posterior al vencimiento del plazo prudencial […]”.

El doctor Quijano sostuvo que esta última propuesta -artículo 18-  excluye a funcionarios de elección popular (como Presidente, Vicepresidente, diputados y alcaldes) y funcionarios de segundo grado elegidos por la Asamblea Legislativa “porque la Constitución no lo permite”. Agregó, además que “en el caso de un diputado que pasó los 60 días y lo multaron con $5 mil dólares, queda inhabilitado para que en el siguiente período busque la reelección”.

La pieza de correspondencia indica que hay “8 mil 974 ex funcionarios sin declarar el patrimonio, lo que denota que las sanciones económicas desactualizadas y expresadas en colones (de cien hasta cinco mil) son un incentivo para incumplir la obligación constitucional”.